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Juez denuncia acoso del circuito penal para obligarla a fallar contra Zuloaga

17/07/2009 10:02PM | Publicado en Nacionales | Leído 519 veces | Share/Save/Bookmark
Autoridades en las afueras de la propiedad de Zuloaga | Foto: Raúl Romero

Autoridades en las afueras de la propiedad de Zuloaga | Foto: Raúl Romero

La juez 13°de control, Alicia Torres, denunció que la presidenta del Circuito Penal de Caracas, Beneci Blanco, la acosó para que fallara en contra del presidente de Globovisión, Guillermo Zuloaga, y su hijo.

“No se quien iría a hablar al Tribunal Supremo de Justicia, ella se presentó el miércoles, aproximadamente a las 6:00 de la tarde, en el despacho. Yo esa solicitud la recibí el miércoles y tengo tres días para decidir y me dijo que ‘aquí no nos vamos hasta que publiquen las boletas’, después se comunicó con alguien que presuntamente era el fiscal, quien dijo que buscaría las boletas el jueves”, declaró.

Al dia siguiente, según informó Torres, la presidenta del Circuito Penal envío un alguacil a su oficina para esperar a que las boletas estuvieran listas.

“No se retiró de la puerta hasta que no se quién se llevó las boletas del escritorio y se las entregó al alguacil, pero esas boletas no estaban firmadas, el problema es el acoso de la doctora Beneci Blanco, inclusive yo temo por mi vida, ella tiene seis guardaespaldas que hacen lo que ella dice”.

“Yo no había sacado la decisión (…) Ella me ha acosado en tres oportunidades y lo puedo decir públicamente. Ella me acosó en un caso de Rumión Santamaría que me llamó para que lo soltara porque la habían llamado de la Asamblea Nacional, me acosó en el caso del presidente del Banco Industrial donde me dijo que lo mandara para La Planta cuando la Fiscalía estaba pidiendo medida cautelar y en un caso en que el presidente, la ciudadana presidenta de la Asamblea Nacional y la Jefa de Gobierno eran los imputados y yo decliné la competencia y ella me llamó que por qué había mandado eso para el Supremo”

Torres informó del acoso constante de Blanco, quien la llama a su casa todo el tiempo. Aun así, a pesar de sus actos, considera que los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia son honestos e imparciales.

“Yo quiero que el Tribunal Supremo sepa que ella a veces actúa y dice que va en nombre de la Sala Plena y también que la inspectoría de tribunales tiene conocimiento de esto, pero yo quiero limpiar mi nombre ante la opinión pública porque no sé que ha dicho esta señora”.

Por Verónica Rodríguez | Tags: , , , ,

2 comentarios
maricel Jul 18, 2009
a las 10:08PM

Esta es la justicia chavista.
Asi vienen operando desde hace 10 años. Al fiscal fantasioso del caso Anderson lo premiaron con una embajada, y los criminales están sueltos, detienen a gente de la oposición inventando cargos, y se hacen los locos con los corruptos oficialistas.
El presidente quiere adueñarse del continente, y los venezolanos no tenemos vida, ni salud, ni justicia, el hampa armada y los hospitales en el suelo, el tal socialismo es una mascarada y la más grande mentira con que pisotean y engañan al pueblo, todo por la ambición de un disociado

LUIS RODRIGUEZ Nov 22, 2009
a las 08:10PM

CONSEJO COMUNAL BUENA VISTA
COMITES DE PROTECCION E IGUALDAD SOCIAL Y EDUCACION
CULTURA Y DEPORTE
DENUNCIA A LA FISCAL 96 DEL M. P. DE FAMILIA,
EN FISCALÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
VIERNES 05-06-09
EXP: 5597, DIVISION DE DISCIPLINA
DENUNCIA CONTRA FISCAL NONAGÉSIMA SEXTA (96º) DEL MINISTERIO PÚBLICO (EN MATERIA DE FAMILIA),DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Por cuanto actuó sin eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia buena fe y confianza, que debe procurar todo funcionario público cuando se le eleva un procedimiento a su conocimiento, sino que en toda la secuela del procedimiento que sustanció la Sala de Juicio Nº IX, del Circuito Judicial del Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el Asunto signado con el Nº AP51-V-2008-011774, demostrando un desconocimiento de las nociones y herramientas básicas del derecho, en Materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Así como el desconocimiento de la Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán de fecha 27 de abril de 2007, en el expediente signado con el Nº 07-0130, que fijó todas las pautas procedimentales en los casos de Restitución de Custodia de Niños (a) y Adolescentes, vinculante por ende de obligatorio cumplimiento para todo los funcionarios y funcionaria del Poder Judicial, relativas al artículo 390 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño(a) y Adolescente,
por encontrarse incursa en la violacion de las siguientes Leyes y Articulos como son los de la CONSTITUCION NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA Art: 19,- Art: 21,-
Art: 29, -Art: 30,- Art: 46 particular 4,- Art: 49 ordinales 1, 6 y 8, -Art; 60, -Art: 75, particular 2,- Art; 138,- Art: 139,- Art: 140,- Art: 255 en su ultimo parrafo, – Art: 257,- Art; 326, y Art; 334, – LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS Y ADOLESCENTES EN SUS ARTS: 26, – Art: 29, Art: 30 parrafo tercero, – Art: 32-a, – Art: 41, – Art: 49, – Art: 56, – Art: 61, – Art: 61, – Art: 65, – Art: 88, – Art: 151, – Art: 184, – Art: 216, – Art: 217, – Art: 246, -
Art:254, –
Art: 270, – Art: 270-a, – Art; 271, – Art: 272, – Art: 320, – Art: 322, – Art: 327, – LEY ORGANICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: Art: 1, – Art: 2, – Art: 9, – Art: 12, – Art: 13, –
Art: 14, – Art: 18, – Art: 35, – Art: 73, – LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA : Art: 33 parrafos 1, 5, 6 y 10 con particulares letras b, c, d, – Art: 34 parrafo 3, – Art: 79, – Art: 80, – Art: 81, – Art: 82 parrafo 2, – Art: 86 parrafos 2, 3, 6, 7, – LEY CONTRA LA CORRUPCION en sus articulos N: 1, – Art: 16, – Art: 19, – Art: 21, – Art: 22, – Art: 33 parrafo 9, – Art: 45 parrafos 4 y 5, – Art: 46
parrafo 3, – Art: 60, – Art: 62 parrafo 2, – Art: 67, – Art: 70, – Art: 71, – Art: 72, – Art: 78, – Art: 79, – Art: 83, – Art: 85, – Art: 87, – Art: 90, – LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA en sus Articulos 2 parrafo 1 y 2, – Art: 6, – Art: 8, – Art: 13 parrafo 4, – Art: 16 ordinales 3 y 6, – Art: 17, – Art: 18, – Art: 24 ultimo particular- CODIGO PENAL en sus articulos 77 ordinales 4, 9, 14, – Art: 83, – Art: 85, – Art: 113, – Art: 113, – Art: 120, – Art: 122, – Art: 124, – Art: 126, – Art: 175, – Art: 180-a, – Art: 184, – Art: 198 ordinal 2, – Art: 203, – Art: 227, – Art: 236, – Art: 237, – Art: 242, – Art: 243(psicologa),Art:254,Art:283, -Art: 285, – Art: 286, – Art: 291, – Art: 316, – Art: 317, –
Art: 322, – Art: 435, –
Art: 442, – Art: 444, – Art: 462 ordinal 2, – Art: 463 ordinales 1, 2, 8, – Art: 508, CODIGO DE ETICA DEL FUNCIONARIO PUBLICO
Art: 2, – Art: 3, – Art: 6, – Art: 8, – Art: 10.,
ya que tal desconocimiento originó la inconstitucional e ilegal restitución, de un niño con discapacidad neuromotora, de un año de edad, que para la fecha se encuentra sin poder recibir su habilitación que venia recibiendo en el hogar sustituto designado por medida de protecion de colocacion familiar de la sala 16 de lopna caracas, desde que contaba con venticinco (25) días nacidos hasta el día 14 de abril de 2099, que contaba con trece (13 meses un (1) día de nacido, donde fue arrancado nefasta mente, por una ilegal e inconstitucional medida de restitución, practicada por la Juez Abg Nuryvel Antonieta Peña Gonzalez, de la Sala IX del Circuito Judicial del Niño (a) y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, (denunciada en la Direccion Ejecutiva de la Magistratura D.E.M. en la Inspectoria General de Tribunales, con el numero de denuncia 0902275), en virtud de la demanda propuesta ilegal impulsada por la Fiscal 96 del M. P., en Materia de Familia, a favor del padre irresponsable RAMIRO VASQUEZ Y SU GRUPO FAMILIAR, ejecutando una sentencia sin haberla dictado primero y entregando el bebe de un(1) año a una tercera que no estaba en el proceso), violentando el debido Proceso y el Derecho a la Defensa, SUBVIRTIENDO EL PROCESO completamente, VALE DECIR NO ACTUO AJUSTADA A DERECHO, expediente el cual fue anulado mediante acción de Amparo Cosntitucional, en fecha 18 de mayo de 2009, por la Corte Superior Primera del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños (a) y Adolescentes.(lopna)

EXPEDIENTE NUMERO 5597
DE DIVISION DE DISCIPLINA DE FISCALIA
Luis Rodriguez paredes y Marileiva jugo
tíos abuelos del niño con discapacidad.
Telefonos: 0412-903.74.31, (cel)
0212-580.88.25, (cantv)

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